Como continuación a la información facilitada el pasado 14 de enero de
2014 relativa al Real Decreto-Ley 76/2O13, de 20 de diciembre, de medidas para
favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los
trabajadores, la empresa ha notificado que , en su Disposición Final Tercera, se
incluye en la base de cotización a la Seguridad Social el importe íntegro de
determinados conceptos retributivos, entre los que se encuentra el cheque restaurante
(en este supuesto antes solo se debía cotizar por el importe que excediera de 9
euros diarios, pasando ahora a cotizar en su totalidad). para cumplir con el
citado precepto legal, el importe íntegro de los cheque restaurante que se
reciban a principio de cada mes formarán parte de la base de cotización de ese
mes y tanto empresa como trabajador tendrán que cotizar por ese importe
íntegro.
El importe considerado aparecerá en el recibo de salarios de cada
trabajador en un concepto denominado "Base SegSoc-Cheque Comida". Dicho concepto no
sumará en los abonos ni en los descuentos, sólo es a efectos informativos del
importe que se adiciona a la base de cotización mensual de cada trabajador.
Seguiremos informando