El 28 de abril, después de cinco meses sin hablar de
temas laborales (dado que las últimas reuniones solo fueron convocadas para
comunicar despidos), tuvimos una intensa reunión de más de 7 horas con la
Dirección de la empresa, en la que se trataron los siguientes asuntos:
Contratos
de obra de más de 4 años firmados con posterioridad al 18 de junio de 2010.
Aplicación de la Sentencia 0018/16 de la Sala de lo Social de la Audiencia
Nacional correspondiente al número de procedimiento 335/2015
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Tras recibir la notificación de firmeza
de sentencia de la Audiencia Nacional por la demanda interpuesta por CCOO Tragsatec y
tras numerosas solicitudes de conversión a indefinidos no fijos de los compañeros
y compañeras afectadas por la misma sin recibir respuesta, la empresa nos
respondió que consideran la sentencia DECLARATIVA, no ejecutiva, por lo que
no van a proceder a una conversión automática de los contratos, pero sí
procederán al reconocimiento por escrito de la
condición de indefinido no fijo... (Continuar leyendo.......)
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